Al igual que sucede con la obligatoriedad de actualizarse en materia de protección de datos y adecuarse al RGPD, los autónomos tienen una fecha de caducidad marcada en el calendario más próximo. Se trata del 1 de septiembre. Este es el plazo que los trabajadores por cuenta propia tienen para darse de alta en el Sistema RED de la Seguridad Social, según recoge la Orden ESS/214/2018.

¿Qué es el Sistema RED?

El Sistema RED es un sistema de notificación electrónica de la Tesorería General – Sistema de Remisión Electrónica de Datos­- dirigida a buena parte de los trabajadores que están dados de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y a aquellos que pertenecer al Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

Con el Sistema RED lo que se pretende es agilizar ciertas gestiones para las que no sea necesario acudir de forma presencial. Con él, las empresas y autónomos pueden tener acceso a los servicios electrónicos e intercambiar información de manera virtual, sin presencia física y sin papeles de por medio. Entre esos servicios que permite tramitar están:

  • Inscripción de empresas
  • Afiliación
  • Altas y bajas
  • Variación de datos de los trabajadores
  • Comunicación de prestaciones
  • Partes médicos

¿Cómo darse de alta en el Sistema Red?

En el caso de que la empresa o autónomo cuente con una asesoría especializada en servicios como los que ofrecemos en Afonso Asesores, llevamos más de 50 años como gestoría a empresas y autónomos en Madrid, puede delegar esta función en ella si ejerce como su representante legal. En el caso de que el autónomo no disponga de estos servicios o desee ser él mismo el autorizado RED, deberá afiliarse de manera personal. Eso sí, deberá disponer de certificado digital.

En ese caso, el trabajador por cuenta propia tendrá que presentar la fotocopia del DNI, la documentación que lo acredita como autónomo en la Seguridad Social y una solicitud expresa para acceder al Sistema RED en alguna de las sedes de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Para qué autónomos no es obligatoria la afiliación

No están obligados a darse de alta en el Sistema de Remisión Electrónica de Datos los profesionales del Sistema de Empleados del Hogar, los profesionales taurinos y los grupos segundo y tercero del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

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