En los últimos años España se ha convertido en un destino estratégico para quienes desean emprender, invertir y crecer en Europa. La legislación española ofrece una vía especialmente atractiva para ello: el visado para inversores y emprendedores, una figura legal que no solo abre las puertas del país a talento y capital extranjero, sino que también representa una oportunidad para empresas locales que quieran colaborar, contratar o asociarse con nuevos actores del mercado.

Tanto si eres un inversor extranjero interesado en establecerte en España como si diriges una pyme o gran empresa, conocer los detalles de este visado puede ayudarte a identificar nuevas oportunidades de negocio y expansión.

¿Qué es el visado para inversores y emprendedores?

El visado para inversores y emprendedores forma parte de lo que se conoce como la Ley de Emprendedores (Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización). Esta normativa establece un régimen específico de residencia para aquellos ciudadanos extracomunitarios que quieran trasladar su actividad económica a territorio español, desarrollen un proyecto empresarial considerado de interés general o inviertan una cantidad significativa de capital en España.

El proceso está pensado para ser ágil y competitivo frente a otras legislaciones europeas, con una tramitación rápida y condiciones atractivas para el solicitante y su familia.

Tipos de visados según el perfil del solicitante

La Ley de Emprendedores distingue varios tipos de autorizaciones en función de la naturaleza del proyecto o inversión:

 

Visado de inversor (Golden Visa)

Está destinado a quienes realicen una inversión significativa en España. Las modalidades más comunes son:

Este visado otorga un permiso de residencia inicial de dos años, prorrogable por 5 años si se mantiene la inversión.

Visado de emprendedor

Dirigido a quienes deseen iniciar una actividad innovadora con interés económico para España. El proyecto debe aportar valor añadido al tejido productivo, implicar generación de empleo y tener carácter innovador o tecnológico.

En este caso, se concede una residencia por un año para preparar el lanzamiento del negocio, prorrogable si se consolida la actividad empresarial.

Requisitos comunes para la solicitud

Los requisitos varían ligeramente según el tipo de visado, pero en general se solicita:

Trámites y asesoramiento profesional

Aunque el procedimiento está diseñado para ser ágil, la documentación a presentar y los requisitos específicos requieren un conocimiento jurídico y técnico. Por ello, es altamente recomendable contar con el apoyo de una asesoría jurídica y fiscal especializada, para evaluar la viabilidad del proyecto empresarial, preparar correctamente la documentación de inversión o negocio, tramitar la solicitud ante la UGE-CE y la Oficina de Extranjería y acompañar al inversor o emprendedor en su instalación en España.

Casos frecuentes y dudas habituales

¿Un autónomo extranjero puede acceder a este visado?

Sí, si presenta un proyecto viable y con interés económico para España. No es necesario crear una sociedad desde el principio.

 

¿Qué pasa si se pierde la inversión o fracasa el negocio?

En general, la renovación del permiso depende del mantenimiento de la inversión o de la continuidad del proyecto. Si se pierde la base de la autorización, la residencia puede no renovarse.

 

¿Cuánto tiempo tarda el proceso?

La tramitación es ágil. En la mayoría de los casos, la resolución llega en menos de 30 días, siempre que la documentación esté completa y sea favorable.

Contar con el respaldo de una asesoría legal y fiscal especializada es fundamental para aprovechar al máximo las posibilidades de este régimen. Contacta con nosotros.

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