Ya existe un acuerdo entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos sobre el futuro el Estatuto de las personas en formación práctica no laboral en el ámbito de la empresa, también conocido como el Estatuto del Becario. La nueva norma, que será tramitada próximamente por la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados, incluirá fuertes sanciones para las empresas que incumplan los derechos de los estudiantes con los que se emplee este tipo de figura, a quienes se deberán compensar los gastos de comida, manutención y transporte.
Aunque el texto no ha sido aún tramitado, sí se conocen ya algunas de las novedades que traerá consigo el Estatuto del Becario, que regulará la formación práctica tutorizada en empresas y organismos equiparados cuando esta esté vinculada a los grados de Formación Profesional, de enseñanzas artísticas o deportivas y del sistema nacional de empleo.
El Estatuto del Becario también regulará las prácticas académicas externas de las Universidades, tanto curriculares como extracurriculares. Sobre estas últimas, deberá tratarse de prácticas desarrolladas durante los estudios oficiales de grado, máster o doctorado y su duración no podrá superar el 15% de las horas en que se concreten los créditos ECTS de la titulación ni las 480 horas en total.
El acuerdo entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos aborda también las prácticas que se realicen en el marco de los títulos propios de las Universidades. A este respecto, la duración total de las prácticas curriculares y extracurriculares no podrá superar el 25% de los créditos ECTS de la titulación, pero también se especifica que los títulos propios de las universidades con una duración mínima de 60 créditos ECTS podrán incluir prácticas de tres meses.
Las empresas deberán compensar los gastos a los becarios
Además de acotar las circunstancias necesarias para que las empresas dispongan de esta figura, otro de los aspectos que aborda el Estatuto del Becario es el de los gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento en los que incurra el estudiante durante sus prácticas, que deberán ser compensados por parte de la empresa. Esta compensación deberá incluirse en el convenio de colaboración que da lugar a las prácticas.
En el caso de los estudiantes que ya vean cubiertos estos gastos por becas o ayudas, esta compensación no será necesaria, y tampoco en el caso de que la empresa ponga a disposición del estudiante servicios de alojamiento, manutención o transporte.
Sanciones para las empresas que incumplan el Estatuto del Becario
Uno de los objetivos del Estatuto del Becario es establecer los límites de las prácticas y evitar que las empresas empleen la figura del becario como forma de enmascarar empleo precario. Para ello, la futura norma incluirá también importantes sanciones para las empresas que vulneren los derechos de las personas en prácticas en materia de retribución, jornada laboral o formación, y también por circunstancias de género, raciales o étnicos, por religión, ideas políticas u orientación sexual, entre otras.
Estas infracciones con llevarán sanciones de entre 7.501 a 225.018 euros, en función de su gravedad.
El Estatuto del Becario será tramitado próximamente por la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados.