El descenso de la tasa de desempleo por debajo del 15% (los últimos datos la sitúan en torno al 14,4%) ha supuesto el fin de diversas ayudas a la contratación a las que, principalmente, tenían acceso pymes y autónomos. Su derogación es consecuencia de la entrada en vigor, el pasado 1 de enero, del Real Decreto 28/2018 y es que, todas ellas, estaban ligadas a la tasa de paro.

Las bonificaciones e incentivos en forma de ayudas a la contratación, ahora eliminadas, tuvieron su origen en los años 2012 y 2013 como fórmula para reactivar el empleo ya que suponían importantes reducciones en las cuotas empresariales para pymes y autónomos.

Como expertos en expertos en asesoramiento fiscal, laboral, jurídica y de extranjería, desde Afonso Asesores, repasamos cuáles son las ayudas a la contratación que dejan de estar vigentes:

  • Contrato de apoyo a emprendedores: Dirigida a pymes con menos de 30 trabajadores esta medida afectaba a la contratación de empleados mayores de 45 años o menores de 30. Las ayudas a la contratación, en este caso, se concretaban en un tipo de contrato indefinido de fomento al emprendimiento que ofrecía incentivos de entre 1200 y 1500 € anuales y han sido una de las más utilizadas en los últimos años.
  • Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa: Estas ayudas a la contratación proporcionaban reducciones de hasta el 100% de las contingencias comunes en los seguros sociales cuando la relación laboral se estableciera con personas menores de 30 años y el tamaño de la plantilla no fuera superior a los 250 trabajadores. En el caso de superar ese número de asalariados, las bonificaciones se reducían hasta el 75%.
  • Contratos indefinidos a personas procedentes de ETT: Las bonificaciones, en este caso, tenían que ver con la contratación indefinida de personas procedentes de empresas de trabajo temporal que, además, formaran también parte de la modalidad de primer empleo joven. Las ayudas a la contratación alcanzaban los 500 euros anuales en el caso de los hombres y los 700 euros durante tres años cuando el contrato fuera a mujeres.  
  • Contratos en prácticas: También ha desaparecido la reducción del 50% en la cuota empresarial de la Seguridad Social por contingencias comunes de los contratos en prácticas, unas ayudas a la contratación a las que accedían, fundamentalmente, pequeños negocios y autónomos que contratasen a menores de 30 años.
  • Bonificaciones por contratación a mayores de 45 años: La última de las ayudas a la contratación ligadas a la tasa de desempleo que ha desaparecido con el comienzo del año es la bonificación del 100% de la cuota anual para aquellos nuevos emprendedores que realizarn contratos indefinidos a mayores de 45 años.

¿Tienes dudas de cuáles son las ayudas a la contratación a las que aún tienes acceso o cómo te afecta la derogación de estas? Desde nuestra asesoría en Madrid, en Afonso Asesores ponemos a tu disposición al mejor equipo de expertos para resolver todas tus dudas. Contacta con nosotros.

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