En 2019 desaparecieron algunas de las ayudas a la contratación para autónomos y empresas, que estaban ligadas a la tasa de desempleo, al bajar este del 15%. Sin embargo, en este 2020 todavía existen bonificaciones a la contratación de las que te puedes beneficiar este año.

 

Ayudas a la contratación de mayores de 52 años

Po la contratación de personas mayores de 52 años los autónomos y empresas pueden optar a una bonificación del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes, en el caso de contratación temporal, con un máximo de doce meses.

 

Ayudas a los contratos para la formación y el aprendizaje

Por la formalización de un contrato para la formación y el aprendizaje podemos beneficiarnos de una reducción del 100% de las cuotas empresariales, si nuestro negocio tiene menos de 250 trabajadores, o del 75% en el caso de que contemos con más de 250 empleados.

Por otro lado, por la conversión de uno de estos contratos de formación en indefinidos podemos obtener durante tres años una ayuda de 500 euros anuales, en el caso de que el trabajador sea un hombre, o de 1.800 euros si la empleada es una mujer.

 

Ayudas por contratación de personas con discapacidad

La contratación de personas con discapacidad a tiempo completo puede reportar una ayuda de casi 4.000 euros por la misma formalización del contrato, además de bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social de entre 4.500 y 6.300 euros al año, en función de si la persona contratada es un hombre o una mujer, el grado de discapacidad o la edad.

En el caso de los contratos a tiempo parcial, tanto la ayuda a la contratación como las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social se aplican de forma proporcional a la duración de la jornada.

Junto a lo anterior, la contratación de personas con discapacidad implica una deducción de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades de 6.000 euros por cada trabajador contratado, siempre que su contratación suponga un incremento del promedio de trabajadores con discapacidad en la plantilla.

En el caso de los contratos en prácticas o de formación a personas con discapacidad, la bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social es del 50%, y en el de los contratos de trabajo de interinidad para sustituir bajas de trabajadores con discapacidad, la bonificación será del 100% durante el tiempo que dure la sustitución.

 

Contratación de personas en riesgo de exclusión social

Jóvenes desempleados de entre 18 y 30 años; personas desempleadas que hayan pasado por centros penitenciarios, hayan tenido problemas de drogadicción o procedentes de centros de alojamientoalternativo de Ceuta y Melilla son algunos de los tipos de perfiles de personas en riesgo de exclusión social cuya contratación puede suponer bonificaciones.

En este caso, si el contrato es indefinido, durante cuatro años la empresa o autónomo recibirá una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 50 euros al mes.

 

Contratación de víctimas de violencia de género o de terrorismo

Por la contratación indefinida de víctimas de violencia de género de diferentes tipos o de terrorismo podemos acceder a una bonificación de 1.500 euros al año durante cuatro años.

 

Ayudas por convertir en indefinidos contratos de relevo, de sustitución o de prácticas

En el caso de los negocios de menos de 50 trabajadores, por la conversión de un contrato en prácticas o de sustitución en un contrato indefinido se podrá obtener una bonificación de 500 euros al año en el caso de que la persona contratada sea un hombre, y 750 en el caso de que se trate de una mujer.

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