Las comunidades de bienes y sociedades civiles, dos formas jurídicas también utilizadas para las actividades de negocio, también pueden ser beneficiarias de las ayudas del Kit Digital, después de las últimas modificaciones realizadas en las bases reguladoras de la convocatoria. Los bonos podrán solicitarse a partir del próximo 12 de septiembre. Te contamos los requisitos.

El importe de las ayudas del Kit Digital de las comunidades de bienes y sociedades civiles beneficiarias dependerá del número de personas empleadas:

  • Hasta 2.000 eurospara las empresas de entre 0 y 2 empleados
  • Hasta 000 eurospara las empresas de entre 3 y 9 empleados
  • Hasta 12.000 eurospara las empresas de entre 9 y 49 empleados

Entre otras, las comunidades de bienes y sociedades civiles podrán optar a sitios web y soluciones de presencia básica en internet, gestión de redes sociales, sitios de comercio electrónico, soluciones de gestión de clientes, gestión de procesos o de implantación de la factura electrónica.

Requisitos para solicitar el Kit Digital para comunidades de bienes y sociedades civiles

Con estas últimas modificaciones, podrán ser beneficiarias de la ayuda del Kit Digital las comunidades de bienes, las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida con actividad económica. Para ello, deberán establecer medidas eficaces contra el fraude, evitar la doble financiación, cumplir con la normativa de subvenciones públicas y evitar tanto los conflictos de intereses como la falsificación de la documentación.

Además de estos requisitos para solicitar el Kit Digital específicos de las comunidades de bienes y sociedades civiles, los solicitantes deberán cumplir con las mismas condiciones que el resto de empresas beneficiarias, entre otras:

  • Tener domicilio fiscal en territorio español
  • No ser Agentes Digitalizadores Adheridos al programa de ayudas del kit digital, ni las empresas que sean contratadas o subcontratadas por estas para la prestación de soluciones de digitalización
  • Desarrollar de forma efectiva actividad económica a la fecha de solicitud de la ayuda
  • Tener la antigüedad mínima que se establezca en las convocatorias
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común
  • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Cómo solicitar el Kit Digital para comunidades de bienes y sociedades civiles

La solicitud de las ayudas del Kit Digital para comunidades de bienes y sociedades civiles podrá realizarse desde las 11 horas del 12 de septiembre de 2023 y hasta las 11 horas del 31 de diciembre de 2024.

Para poder solicitar las ayudas, los solicitantes deberán en primer lugar inscribirse en la web de Acelera Pymey realizar el test de evaluación del nivel de madurez digital.

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