El Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) ha publicado recientemente todas las bonificaciones a la cuota de autónomos disponibles hasta la fecha. El documento recoge todas las ayudas que el colectivo de trabajadores por cuenta propia tiene a su disposición así como los requisitos para acceder a las mismas.  

Como expertos en asesoría fiscal, laboral y jurídica para pymes, empresas y autónomos, en Afonso Asesores hemos ido dando cuenta de los sucesivos cambios que, en lo que va de año, han sufrido las fórmulas de cotización de los autónomos. Pero ¿cuáles son los incentivos y bonificaciones a la cuota de autónomos que, a día de hoy, están disponibles para los trabajadores del colectivo autónomo? Según el documento publicado por el propio SEPE se introducen nuevos incentivos y bonificaciones en la cotización al RETA, y se mejoran algunos de los ya existentes. Repasamos los más interesantes:

  • Tarifa plana de 60€: Destinada a nuevos autónomos o aquellos que no hayan estado dados de alta en el RETA en los dos últimos años. Esta bonificación a la cuota de la Seguridad Social se extenderá durante un plazo de 12 meses (pagarán 60€ al mes), ampliables a 24 meses en el caso de que la actividad se desarrolle en municipios de menos de 5.000 habitantes. Si el trabajador por cuenta propia optara por una base de cotización superior a la mínima, la misma se reducirá en su equivalente al 80% (incluida la incapacidad temporal) durante 12 meses. Los autónomos con al menos un 33% de grado de discapacidad así como las víctimas de violencia de género o de terrorismo también podrán acceder a la tarifa plana de 60€.
  • Menores de 30 años y mujeres emprendedoras: Los hombres menores de 30 años y las mujeres menores de 35 emprendedores o que lleven al menos dos años sin estar dados de alta en el RETA tendrán acceso a una bonificación a la cuota de autónomos adicional a la tarifa plana durante 12 meses más, que alcanza el 30% de la cuota por contingencias comunes. En total, el período máximo de bonificación no podrá superar los 36 meses.
  • Maternidad: Las autónomas en situación de descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante la lactancia natural disponen de una bonificación del 100% de la cuota que resulte de la aplicación sobre la base media que tuviera el trabajador en los 12 meses anteriores a la fecha que se acoja a esta medida. La duración será durante el periodo de descanso, mínimo un mes. A ello se sumará además una bonificación relativa a la reinserción profesional de las autónomas que permitirá a estas trabajadoras mantener una cuota de 60€ mensuales durante doce meses.

El documento publicado por el SEPE recoge, además, bonificaciones a la cuota de autónomos por conciliación familiar, para autónomos colaboradores y aquellos residentes en Ceuta y Melilla.

En Afonso Asesores,  asesoría de empresas en Madrid, somos Punto de Atención al Emprendedor. Si estás pensando en poner en marcha tu negocio y buscas el mejor asesoramiento contacta con nosotros y te informaremos tanto de las fórmulas que tienes a tu disposición, como de cualquier ayuda o bonificación a la que tengas acceso.

Consulta aquí los incentivos y bonificaciones disponibles en la cuota de autónomos.

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