El pasado mes de marzo entró en vigor la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción; una norma que tiene por objeto proteger a aquellas personas físicas que informen de infracciones tanto del Derecho de la Unión Europea como contra la Agencia Tributaria o la Seguridad Social. La Ley 2/2023 obliga a la creación de canales internos de información en las entidades públicas y en las privadas con al menos 50 trabajadores antes del próximo 1 de diciembre.

Te explicamos en qué consiste y qué posibles sanciones lleva aparejadas.

 

¿En qué consiste la Ley de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción?

 

La Ley 2/2023, de 20 de febrero resulta aplicable a las personas físicas o jurídicas del sector privado que tengan contratados 50 o más trabajadores, y tiene como objeto, proteger a las personas físicas que informen, a través de alguno de los procedimientos previstos en ella de:

  1. Cualesquiera acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea
  2. Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave. En todo caso, se entenderán comprendidas todas aquellas infracciones penales o administrativas graves o muy graves que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.

 

Esta norma obliga, entre otras cuestiones, a:

  • Implementar canales internos de información a las entidades públicas y a las privadas de 50 o más trabajadores (entre otras), que deberán cumplir determinadas características y garantías mínimas.
  • Requiere la tramitación efectiva de las comunicaciones, en la que también habrá que respetar una serie de garantías y derechos mínimos.
  • Exige la integración de todos los canales de las entidades en un único sistema interno de información, garantizando así que la recepción y tramitación de todas las comunicaciones sobre potenciales infracciones cumplan las exigencias de la Ley 2/2023.
  • Se exige que las entidades admitan y tramiten denuncias anónimas.
  • Impone la obligación al órgano de administración o de gobierno de designar a un responsable del sistema de información interno.

El plazo máximo para el establecimiento del Sistemas internos de información se extiende hasta el 1 de diciembre de 2023.

 

¿Qué sanciones conlleva el incumplimiento de la Ley 2/2023?

 

En caso de incumplimiento o implementación deficiente de los sistemas de información, las entidades podrían enfrentarse a importantes sanciones, tanto multas económicas como la imposibilidad de contratar con el sector público o de obtener subvenciones y beneficios fiscales. En caso de infracciones muy graves, estas sanciones podrían alcanzar:

  • Multas de hasta 1 millón de euros para las personas jurídicas y de hasta 300.000 euros para las personas físicas
  • Amonestaciones públicas
  • Prohibición de obtener subvenciones u otros beneficios fiscales durante un plazo de 4 años
  • Prohibición de contratar con el sector público durante un plazo de 3 años

La norma, en su Disposición final sexta, modifica la letra b) del apartado 1 del artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público, incluyendo entre las prohibiciones de contratar, haber sido sancionadas por infracciones muy graves previstas en la Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

 

Asesoramiento a empresas e instituciones

 

En Afonso Asesores aconsejamos a instituciones y empresas sobre la implementación de canales de información interna y sobre la tramitación de estas denuncias. Somos también especialistas en Derecho Administrativo y en el asesoramiento en licitaciones con el sector público a empresas y autónomos.

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