Las parejas formalizadas en matrimonio o pareja de hecho con hijos menores tienen la posibilidad de hacer la declaración de la Renta conjunta, una modalidad que puede resultar beneficiosa en algunos casos. Te contamos las ventajas e inconvenientes de este tipo de declaración de la Renta y en qué casos la unidad familiar puede sacar un mayor partido al impuesto.

En la declaración e la Renta conjunta se suman las rentas obtenidas por los miembros de la unidad familiar, que además pueden beneficiarse de una reducción de la base imponible de 3.400 euros. Sin embargo, este tipo de declaración de la Renta no es siempre la más beneficiosa, ya que en determinados casos pude resultar más ventajoso poder aplicarse el mínimo personal que permite la declaración individual.

Puede realizar la declaración de la Renta conjunta los matrimonios con hijos menores de edad o mayores de edad en situación de incapacidad. Igualmente pueden acogerse a esta opción las parejas de hechocon hijos en las circunstancias anteriores, con la diferencia de que solo uno de los miembros de la pareja podrá realizar la declaración conjunta con los hijos, mientras que el otro tendrá que realizar una declaración de la Renta individual.

Si la pareja se encuentra divorciada o separada, o en los casos en los que no se llegó a formalizar la relación de pareja, también podrá realizar la declaración conjunta con los hijos aquel que tenga la guardia y custodia. Si tienen la custodia compartida de los hijos, uno de los dos progenitores podrá realizar la declaración conjunta con los hijos, y el otro tendrá que realizar una declaración individual. Este aspecto está habitualmente indicado en el convenio regulador.

Al presentar la declaración de la Renta conjunta, los dos contribuyentes son responsables solidarios de la posible deuda con la Agencia Tributaria que arroje la declaración, por lo que Hacienda puede reclamarla a cualquiera de los dos, si no se abona.

 

Ventajas de la declaración de la Renta conjunta

 

Las ventajas de la declaración de la Renta conjunta pueden hacer que esta alternativa sea la más rentable para algunas unidades familiares. Aunque los tramos del IRPF que se aplican en este tipo de declaraciones son los mismos que en una declaración de la Renta individual, en la declaración de la Renta conjunta se parte de una rebaja en la base imponible de 3.400 euros si se convive con los hijos menores o en situación de incapacidad, y de 2.150 euros cuando no existe convivencia.

Además, la declaración de la Renta conjunta permite a los dos contribuyentes (en el caso de matrimonio o pareja de hecho) compensar mutuamente las pérdidas, por lo que si en sus respectivas inversiones uno de ellos ha obtenido ganancias, y el otro pérdidas, puede conseguirse un ahorro fiscal.

 

Ventajas de la declaración de la Renta individual

 

Si la declaración de la Renta conjunta tiene ventajas en algunos casos, también la declaración de la Renta individual presenta algunos beneficios. Si se opta por este tipo de declaración, cada contribuyente puede aplicarse un mínimo personal de 5.550 euros en su declaración, lo que en conjunto puede traducirse en un ahorro en el IRPF. La suma de los mínimos exentos de tributación de las dos declaraciones individuales ascendería a 11.100 euros, mientras que si se realiza una declaración conjunta, aun con la suma de los 3.400 euros de rebaja de la base imponible, la deducción sería menor (8.950 euros).

Además, este tipo de declaración de la Renta puede resultar más beneficiosa para aquellos contribuyentes que aún pueden aplicarse la deducción por adquisición de vivienda, siempre y cuando los dos miembros de la pareja sean titulares de la hipoteca.

 

¿Cuándo interesa la declaración de la Renta conjunta?

 

La declaración de la Renta conjunta no compensa siempre, pero sí en los siguientes casos:

  • Cuando solo uno de los dos contribuyentes trabaja o, aun trabajando los dos, los ingresos de uno de ellos son bajos
  • Cuando los dos contribuyentes realizan inversiones u obtienen rendimientos

Si los dos invierten, como señalábamos antes, pueden compensar mutuamente las pérdidas. Si uno de los dos no tiene ingresos o son bajos, es probable que a su declaración conjunta le corresponda un tramo más bajo.

En cualquier caso, siempre conviene realizar una simulación de ambos tipos de declaración de la Renta o, mejor aún, recibir la ayuda de una asesoría fiscal.

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