Próximamente la factura electrónica será obligatoria para todas las empresas y autónomos. Aunque ya es obligatoria en las relaciones comerciales con la Administración, y muchos negocios ya se han adaptado a esta nueva forma de facturación, otros muchos aún no han dado el paso. En el caso de los autónomos y las pequeñas empresas, la Agencia Tributaria ha anunciado recientemente que habilitará un sistema gratuito de facturación electrónica.
Se trata de un programa de facturación electrónica que permitirá tanto la creación y envío de facturas como su verificación y envío a la Agencia Tributaria, lo que simplificará en un único sistema (que inicialmente iban a ser dos) todas las obligaciones de facturación electrónica a las que autónomos y empresas tendrán que hacer frente próximamente.
Aunque en un primer momento la previsión de Hacienda era que este sistema gratuito fuera accesible únicamente para los negocios que emitan al año menos de cien facturas, el organismo ha anunciado que revisará ese criterio, y que el programa de facturación electrónica estará disponible antes de julio de este año.
Obligación de facturación electrónica de autónomos y empresas
En la actualidad la factura electrónica solo es obligatoria cuando el destinatario es una Administración (salvo en el caso de las facturas con importe inferior a 5.000 euros si así lo establece la propia Administración).
La futura ley Crea y Crece, que podría entrar en vigor finalmente en este 2024, vendrá a modificar la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, y supondrá un antes y un después en las obligaciones de facturación de autónomos y empresas.
El Anteproyecto de ley establece la obligación para todas las empresas y autónomos en sus relaciones comerciales de emitir facturas electrónicas, que deberán cumplir lo dispuesto en la normativa sobre facturación. Además, las empresas y autónomos deberán facilitar el acceso a los programas necesarios para que los destinatarios de las facturas las puedan leer, copiar, descargar e imprimir de forma gratuita, sin tener que acudir a otras fuentes para proveerse de las aplicaciones necesarias para ello.
Asimismo, autónomos y empresas deberán acceso a sus clientes a consultar las facturas de al menos los últimos cuatro años por medios electrónicos, aun cuando el contrato con el cliente se haya disuelto o este haya expresado su voluntad de no recibir facturas electrónicas.
El Anteproyecto de ley establece sanciones de hasta 10.000 euros para las empresas y autónomos que no cumplan con las anteriores obligaciones.
Para las empresas y autónomos con una facturación anual superior a los 8 millones de euros, la facturación electrónica será obligatoria un año después de la entrada en vigor de la ley. Para el resto de autónomos y empresas será obligatoria transcurridos tres años desde su entrada en vigor.