Las declaraciones del Ministerio de Hacienda acerca de que las grandes empresas españolas solo abonan el 6,9% del Impuesto de Sociedades, no tardó en tener su contrarréplica por parte, primero por de la patronal CEOE, y ahora por la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) que argumenta, aportando datos, que las cuentas no se han hecho bien y que el tipo efectivo que pagan en el Impuesto de Sociedades es del 26,4%.

En la primera semana de marzo, los asesores fiscales presentaron un informe con el que desmontar unas declaraciones efectuadas por el ministro Cristóbal Montoro muy desfavorables para la imagen de estas grandes compañías. Así, Aedaf encontraba en las cifras aportadas por el Fisco el riesgo de “estigmatizar” a las grandes empresas tanto dentro como fuera del país.

Los datos de los que se parten son los ofrecidos por la Agencia Tributaria en 2014. Con este informe lo que se demuestra desde Aedaf es que apenas existe diferencia con el tipo efectivo que se aplica al resto de contribuyentes, cifrado en el 27% ni con las empresas de menor tamaño, también con un tipo efectivo del 27%.

Aedaf atribuye el error de cálculo de Hacienda a mezclar magnitudes que “no son comparables”. Los Asesores Fiscales hacen el cálculo del tipo efectivo sobre base imponible. Para ello dividen la cuota íntegra por la base imponible. Por su parte, en los datos proporcionados por Hacienda lo que se hace es utilizar el tipo efectivo sobre el resultado contable, de manera que se está dividiendo la cuota líquida por el resultado contable, en el que se tienen en cuenta rentas, rendimientos y, además, beneficios obtenidos en el extranjero, pero solo la tributación en España.

Aedaf pone el acento en el hecho de que buena parte de los beneficios que las grandes empresas españolas obtienen proceden de su actividad en el extranjero por lo que tomar como referencia solo lo que tributan en España no es una fotografía de la realidad.

En el caso del informe presentado por la Asociación Española de Asesores Fiscales, sí se tiene presente lo que las grandes empresas pagan fuera del país. De este modo se resta de la cuota íntegra las deducciones por doble imposición, dentro de España y fuera de ella. Y es que la Administración parece que en estos datos no ha tenido en cuenta las deducciones por doble imposición.

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