Cuando una actividad profesional se realiza en un local abierto al público, ya sea un local comercial, una oficina o una nave industrial, es necesario solicitar licencia de apertura al ayuntamiento de la localidad en la que está ubicado, un trámite que puede dilatarse durante varios meses. Sin embargo, en algunos casos la licencia de apertura no es necesaria y los negocios pueden comenzar a funcionar simplemente con una declaración responsable.

La licencia de apertura es uno de los trámites que más problemas generan entre los autónomos que desean abrir un local comercial, industrial o de servicios, ya que si bien en algunos ayuntamientos el plazo para obtenerla puede ser de tan solo un mes, en otros con mayor carga de trabajo puede tardarse hasta un año.

Muchos pequeños negocios pueden prescindir de este trámite si disponen de una superficie de menos de 300 metros cuadrados y si en ellos además se va a realizar una actividad inocua; es decir, que no entrañe riesgos para el medio ambiente, para la salud o que no vaya a generar molestias a los vecinos, por ejemplo, a consecuencia de los ruidos.

Esta catalogación de las actividades inocuas varían en cada comunidad autónoma, pero puede decirse que entran dentro de esta tipología los pequeños comercios de ropa, belleza o artículos del hogar; los locales de alimentación, de servicios o de reparaciones de pequeñas dimensiones.

Si en la comunidad autónoma en cuestión la actividad que se va a realizar en el local es inocua, no será necesaria licencia de apertura, sino que será suficiente con una declaración responsable: un documento en el que el responsable señala que el local y la actividad cumplen todos los requisitos legales para su desarrollo.

Cómo solicitar la licencia de apertura

En otros casos, como pueden ser los de las actividades industriales o las de los negocios de hostelería, o para todos aquellos locales con una superficie superior a 300 metros cuadrados, sí se hace necesario solicitar licencia de apertura. Comenzar la actividad sin disponer de licencia de apertura puede conllevar sanciones de entre 300 y 300.000 euros, en función de la infracción y del municipio, además del cierre del local.

Es necesario destacar que la licencia de apertura acredita que el local es adecuado para la actividad que se va a desarrollar en él: que cumple con los requisitos en cuanto a accesibilidad, insonorización en el caso de actividades que generen ruidos, seguridad… Por esa razón, si en un momento determinado la actividad que se realiza en el local es sustituida por otra, será necesario volver a solicitar la licencia de apertura. Si por el contrario se trata de un negocio traspasado y el anterior responsable ya disponía de licencia de apertura, no es necesario volver a pedirla.

La licencia de apertura debe solicitarse en el Ayuntamiento del municipio en el que está ubicado el local. Previamente habrá que realizar un informe técnico, en el caso de que se vaya a realizar una actividad inocua, o un proyecto técnico, si se va a desarrollar una actividad calificada, por parte de un aparejador, arquitecto o ingeniero técnico. Para las actividades clasificadas es habitual también tener que disponer del permiso de la comunidad de propietarios a la que pertenece el local y otros requerimientos en función de la actividad.

Además del proyecto y la solicitud de apertura, habrá que aportar en el Ayuntamiento toda la documentación relativa al negocio que se va a abrir. Igualmente, es necesario abonar unas tasas municipales, que varían dependiendo del municipio, de si se trata o no de una actividad clasificada, de la superficie del local y de la zona en que se encuentra.

Tras la entrega de la documentación, un técnico municipal visitará el local para corroborar que se corresponde con la documentación facilitada y que cumple con todos los requisitos para su apertura. En algunos ayuntamientos la licencia de apertura puede conseguirse en un plazo de tan solo un mes; en otros, puede prolongarse varios meses, o incluso un año.

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