Los empleadores que tengan contratada a una persona en el Sistema Especial de Empleados de Hogar tienen de plazo hasta el 31 de marzo para comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) la retribución que ha estado cobrando desde el 1 de enero de 2021, que debe haber sido actualizada de acuerdo con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

El salario no podrá ser inferior, por tanto, al SMI vigente, incrementado con el prorrateo de pagas extraordinarias, por lo que para este ejercicio no puede ser inferior a 1.108,33 euros al mes para personas con contrato de trabajo a tiempo completo.

Si el salario abonado es superior al SMI, el empleador deberá declarar la totalidad de las retribuciones abonadas. Deberá declarar, además, el resto de retribuciones no monetarias que completen el salario del empleado de hogar, como alojamiento o manutención.

A partir del 1 de abril la Inspección de Trabajo y Seguridad Social comenzará a comprobar que se han realizado las actualizaciones, por lo que los empleadores que no hayan declarado el salario actual ante la TGSS podrían recibir sanciones.

 

Cómo actualizar la información de la retribución de las empleadas del hogar

 

La actualización de la información puede realizarse a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, de una de estas maneras:

 

  • Mediante certificado electrónico, cl@ve PIN o identificación vía SMS, en el apartado ‘Variaciones/Correcciones de datos de trabajadores en el Sistema Especial para Empleados de Hogar’
  • Cumplimentando el Modelo TA.2/S-0138 de ‘Solicitud de alta, baja o variación de datos del trabajador/a por cuenta ajena en el Régimen General – Sistema Especial para empleados de hogar’. En este caso deberá descargar el modelo en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, cumplimentarlo y enviarlo a través del formulario habilitado por la TGSS, donde tendrá que seleccionar la categoría ‘Empleador/Empleado de Hogar’y el trámite ‘Comunicación de Inspección de Trabajo’. Deberá adjuntar, además del modelo, una copia de su DNI o NIE.
  • A través de un Autorizado al Sistema RED, si dispone de uno. En este caso habrá que utilizar el servicio de ‘Variaciones en el Sistema Especial para Empleados de Hogar’, que se encuentra ubicado en el apartado ‘Inscripción/Afiliación online de la Oficina Virtual’.
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