Para algunos autónomos que están comenzando con su actividad o que no facturan regularmente, algunas obligaciones con la Administración pueden generar dudas. Como, por ejemplo, si debe o no realizarse la declaración trimestral de IVA si no se han producido ingresos. La respuesta es sí, y no hacerlo puede acarrear una sanción de la Agencia Tributaria.

Los autónomos son los encargados de recaudar el IVA con que se grava el consumo y, trimestralmente, declararlo a la Agencia Tributaria, junto con el IVA soportado de los gastos relacionados con la actividad que se pueden deducir.

Es posible que durante su primer mes de actividad el autónomo aún no facture. O que aunque ejerza su actividad de forma regular, existan trimestres en los que no emita ninguna factura. En estos casos, también es obligatorio presentar el modelo 303 de forma trimestral.

Si además de no haber emitido ninguna factura, el trabajador por cuenta propia tampoco ha recibido ninguna factura, porque no ha tenido ningún gasto en el ejercicio de su actividad, deberá realizar la declaración trimestral de IVA y, al final de la misma, marcar la casilla ‘Sin actividad’.

Si, por el contrario, el autónomo sí ha soportado gastos relacionados con su actividad, y por lo tanto IVA, deberá igualmente presentar el modelo 303 (sin marcar la casilla ‘Sin actividad’), que en este caso dará un resultado negativo, por lo que Hacienda le devolverá el IVA soportado.

 

 

Sanciones por no presentar el modelo 303

 

Ya sea por descuido o por desconocimiento, no cumplir con la obligación de presentar trimestralmente la declaración del IVA cuando se está dado de alta en el RETA conlleva sanciones de la Agencia Tributaria.

Si el incumplimiento se solventa con la presentación del modelo 303 fuera de plazo, pero antes de recibir el requerimiento de Hacienda, la sanción a pagar será de 100 euros. Si, por el contrario, se presenta tras recibir el requerimiento de la Agencia Tributaria, la sanción será de 300 euros, que quedará reducida en un 25% (225 euros) si se abona en al plazo fijado por la Administración.

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