La Comunidad de Madrid ha aprobado una nueva convocatoria para que autónomos y empresas puedan acceder a las ayudas directas a fondo perdido aprobadas en marzo por el Gobierno, que estará abierta hasta el 12 de noviembre a los negocios de todos los sectores de actividad a excepción de aquellos dedicados a actividades financieras y de seguros, los hogares como empleadores de personal doméstico y las organizaciones y organismos extraterritoriales.
La medida fue anunciada esta semana, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, por el portavoz y consejero de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, Enrique Ossorio. Se trata de la tercera convocatoria aprobada por el Gobierno regional, que en la anterior ocasión estaba abierta a las empresas y autónomos inscritos en 120 apartados de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE). Con esta ampliación la Comunidad de Madrid amplía el número de sectores que pueden acogerse a las ayudas directas, ya que muchos se habían quedado hasta ahora fuera de esta posibilidad.
Las solicitudes podrán presentarse hasta el próximo 12 de noviembre a través de la web www.comunidad.madrid.
Serán subvencionables los gastos que se destinen a satisfacer la deuda y a realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a compensar los costes fijos incurridos siempre y cuando éstos se hayan generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.
Podrán presentar la solicitud para beneficiarse de las ayudas directas del Gobierno:
- Los autónomos y empresas (incluidas las comunidades de bienes y sociedades civiles) cuyo volumen de operaciones anual haya caído más de un 30%en relación con el de 2019, que podrá ser declarado o comprobado por la Administración mediante el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo indirecto equivalente en 2020
- Los que apliquen al régimen de estimación objetivaen el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- Los que tributen en el Impuesto sobre Sociedadesen el régimen de tributación consolidada
Además, los solicitantes no podrán haber declarado un resultado neto negativo en la declaración del IRPF, método de estimación directa, Impuesto de Sociedades o Impuesto de Renta de no residentes de 2019.