Este 1 de enero de 2024 entran en vigor las ayudas de 1.800 por hijo de la Comunidad de Madrid para casos de nacimientos o adopciones múltiples. Te contamos los requisitos para beneficiarse de ellas y cómo solicitarlas.

Las nuevas ayudas forman parte de la Estrategia regional de protección a la maternidad y paternidad y fomento de la natalidad y conciliación de la Comunidad de Madrid, y suponen 3.600 euros por nacimiento o adopción múltiple en el caso de dos hijos, o de 5.400 euros si son tres.

Para poder optar a las ayudas los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener nacionalidad española o residencia legal en España en el caso de los ciudadanos extranjeros
  • Estar empadronado en la Comunidad de Madrid
  • Que la renta per cápita de la unidad familiar sea inferior a los 30.000 euros

Las solicitudes de las ayudas de 1.800 euros por hijo pueden presentarse desde el próximo 1 de enero de 2024, en un plazo máximo de dos meses desde la fecha del nacimiento o adopción.

Otras ayudas a la maternidad en la Comunidad de Madrid

Además de las ayudas de 1.800 euros por hijo, las mujeres gestantes menores de 30 años pueden solicitar la subvención de 500 euros mensuales desde la semana 21 de embarazo, hasta que el menor cumple dos años, también disponible para adoptantes. En total la ayuda asciende a 14.500 euros por hijo.

Además, los contribuyentes madrileños que tengan o adopten hijos pueden aplicarse una deducción de 700 euros al año en la declaración de la Renta tanto el año del nacimiento o adopción como los dos siguientes, por lo que esta ayuda fiscal asciende a un total de 2.100 euros.

En los casos de nacimiento o adopción múltiple se sumarían otros 600 euros de deducción adicionales por cada hijo. También los adoptantes internacionales pueden beneficiarse de una deducción de 600 euros en el IRPF del ejercicio en que se formalice la adopción.

Por otro lado, los empleados públicos de la Comunidad de Madrid pueden beneficiarse de una ayuda de hasta 1.100 euros por nacimiento, adopción o acogimiento de un menor. En el caso de que los dos padres o adoptantes sean empleados públicos, solo uno de ellos podrá optar a esta subvención.

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