Si estás pensando en montar un negocio, o en pasar de autónomo a sociedad limitada, te convendrá conocer los pasos necesarios para montar una empresa. Te contamos los trámites que hay que realizar para poder comenzar con la actividad de tu negocio.
Lo más recomendable es que solicites la ayuda de una asesoría para realizar los trámites, no solo porque pueden resultar un poco laborioso, sino porque es aconsejable que recibas asesoramiento sobre la forma jurídica más beneficiosa y otros aspectos como la forma de tributación que escogerás.
En cualquier caso, estos son los pasos para constituir una sociedad que deberás completar:
1.- Certificación negativa del nombre
Antes de formalizar la creación de la sociedad deberás solicitar en el Registro Mercantil Central la Certificación Negativa del Nombre, que da cuenta de la denominación de la empresa y de que no existe ninguna otra con el mismo nombre. Se puede solicitar de varias maneras:
- En el Registro Mercantil Central, presencialmente, mediante el impreso correspondiente
- A través de la web del Registro
- Por carta, es decir, haciendo llegar la solicitud al Registro por correo ordinario
- Por medio de una notaría, que cursará la solicitud en la plataforma del Consejo General del Notariado
El Registro guardará este nombre durante un plazo de seis meses, transcurridos los cuales, si no se ha constituido la empresa, volverá a quedar libre.
2.- Crear una cuenta bancaria e ingresar el capital social
La sociedad deberá disponer de una cuenta bancaria (una cuenta de empresa), y en ella se deberá depositar el capital social necesario para su creación: 3.000 euros en el caso de una sociedad limitada y 6.000 para una sociedad anónima.
La entidad tendrá que facilitarnos un certificado bancario que acredite este depósito, que será necesario para la firma de la escritura pública de la sociedad.
3.- Solicitar el CIF
El siguiente paso será solicitar a la Agencia Tributaria el Código de Identificación Fiscal provisional, para lo que habrá que presentar el modelo 036, fotocopia de los DNI de los socios y copia tanto de la escritura de constitución de la empresa como de sus estatutos.
Este CIF provisional tendrá una validez de seis meses; en ese plazo habrá que presentar una fotocopia de la escritura de constitución con la inscripción en el Registro Mercantil, acompañada del CIF provisional, para obtener la tarjeta de identificación fiscal definitiva.
4.- Firmar las escrituras
Ya con el CIF provisional, los socios de la empresa deberán firmar en un notario la escritura de la sociedad, para lo que será necesario presentar la Certificación Negativa del Nombre, el certificado bancario y los estatutos de la sociedad.
5.- Abonar los impuestos
Al constituir una empresa estamos obligados a pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD), que es del 1% del capital suscrito. Se abona mediante el modelo 600 de la Agencia Tributaria, en el plazo de 30 días desde el otorgamiento de las escrituras.
6.- Inscribir la sociedad en el Registro
Una vez otorgadas las escrituras, estas deben inscribirse en el plazo de dos meses en el Registro Mercantil Provincial que corresponda al domicilio social de la sociedad.
7.- Darse de alta en el IAE
Para poder desarrollar nuestra actividad tendremos que darnos de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en una delegación de la Agencia Tributaria, en el epígrafe que corresponda.
8.- Inscribir los libros de sociedades
El siguiente paso será legalizar en el Registro Mercantil Provincial los libros de sociedades: el libro de inventarios, el libro de cuentas anuales y el libro diario.
9.- Obtener el certificado electrónico
Además de lo anterior (y sin olvidar otros trámites que dependiendo de las características de la sociedad habrá que realizar, como registrar tu marca o tu logo en la Oficina Española de Patentes y Marcas, o comunicar a la Dirección Provincial del Ministerio de Empleo y Seguridad Social la apertura del centro de trabajo si dispones de empleados), necesitarás obtener un certificado electrónico para poder firmar documentos y recibir las notificaciones de la Administración).
Estos son los pasos básicos para que puedas comenzar con la actividad de tu empresa.