El 30 de junio fue el último día para la presentación de la declaración de la Renta 2020. A estas alturas, algunos contribuyentes aún no han recibido la devolución correspondiente de la Agencia Tributaria, que dispone de plazo hasta finales de diciembre para efectuar el pago; pero pueden consultar el estado de su declaración en la web Renta 2020.

El plazo para la devolución de la declaración de la Renta de que dispone la Agencia Tributaria es de seis meses desde el último día de presentación de las declaraciones, que fue el 30 de junio, o desde el día de presentación de la declaración, si se realizó fuera de plazo.

Si transcurrido ese plazo, que para la mayoría de los contribuyentes será a finales de diciembre, la Agencia Tributaria aún no ha efectuado el pago, deberá sumar a la cantidad a devolver un interés de demora a contar desde el día siguiente desde la finalización del plazo, siempre y cuando el retraso sea imputable a la Administración.

Si nos encontramos en esa situación de no haber recibido aún la devolución, es posible consultar el estado de la declaración de la Renta a través de internet, en la web Renta 2020, en el apartado Servicios de tramitación borrador / declaración (Renta WEB).

Aquí podrá comprobarse el estado en que se encuentra la tramitación de la declaración, en función del cual el contribuyente puede recibir tres respuestas: «Su declaración se está tramitando», «Su declaración está siendo comprobada» o «Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted».

Para acceder a esta información el contribuyente puede acceder con su certificado o DNI electrónico, con Cl@ve PIN o con la referencia de la declaración de la Renta 2020.

En el expediente puede consultarse también si el motivo del retraso en la devolución es que la declaraciónesté siendo comprobada por la Agencia Tributaria, en el servicio VERIFICA, al que puede accederse con certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve PIN.

En este apartado el contribuyente podrá ver las posibles incidencias que den lugar, según los cálculos de la Agencia Tributaria, a una devolución menor. Llegados a este punto, es posible acceder a la propuesta de devolución de la AEAT, para agilizar el trámite, o no hacerlo, si se opta por corregir la declaración de forma tradicional.

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