Con la llegada del verano y las altas temperaturas aparecen también el riesgo de sufrir golpes de calor y otros efectos adversos para la salud, especialmente en determinadas actividades laborales al aire libre o en espacios cerrados mal climatizados. Y las empresas, autónomos empleadores y pymes tienen la responsabilidad legal de proteger a sus trabajadores frente a este riesgo climático.

Desde 2023 la legislación se ha reforzado con medidas específicas relacionadas con la prevención de riesgos ante episodios de calor extremo. Te explicamos qué exige la normativa vigente, cómo actuar y qué medidas debes implantar en tu empresa.

¿Qué dice la normativa sobre el calor extremo en el trabajo?

La base legal se encuentra en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, que establece que las empresas deben garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo. Pero en 2023 se produjo una importante novedad: el Real Decreto-ley 4/2023, que introdujo medidas urgentes ante situaciones de emergencia climática, entre ellas las olas de calor.

En concreto, este Real Decreto modifica el Reglamento de los Servicios de Prevención e impone a las empresas la obligación de adoptar medidas específicas cuando exista una alerta meteorológica por temperaturas extremas emitida por la AEMET o la autoridad autonómica competente.

Estas obligaciones afectan especialmente a los trabajos al aire libre en sectores como la construcción, la agricultura, la logística o el mantenimiento urbano, pero también pueden aplicarse en entornos cerrados si no hay una ventilación o climatización adecuada.

¿Cuáles son las principales obligaciones empresariales?

Las empresas están obligadas a:

  1. Evaluar los riesgos derivados del calor

La evaluación de riesgos laborales debe tener en cuenta los factores ambientales. Si las temperaturas pueden afectar la salud de los trabajadores, hay que establecer protocolos preventivos específicos.

 

  1. Adaptar las condiciones de trabajo

Cuando haya alerta por calor extremo, deberás ajustar la jornada, los horarios o la organización del trabajo. Por ejemplo, reprogramar tareas físicas para las primeras horas del día o reducir la duración de las jornadas durante las horas más calurosas.

  1. Garantizar el acceso a agua y zonas de sombra o descanso

Es obligatorio asegurar que los empleados tengan agua potable fresca disponible, acceso a zonas de descanso protegidas del sol y pausas frecuentes para evitar la sobreexposición al calor.

 

  1. Formar e informar a los trabajadores

El personal debe conocer los riesgos del calor extremo, cómo prevenir golpes de calor, cuáles son los síntomas de alarma y cómo actuar en caso de emergencia.

 

  1. Proporcionar equipos de protección adecuados

En determinados casos, se deben facilitar EPIs específicos para proteger del sol o favorecer la transpiración, como ropa ligera, transpirable o con protección solar.

 

  1. Suspender la actividad si no se puede garantizar la seguridad

Si no es posible reducir el riesgo (por ejemplo, durante una ola de calor extrema), la empresa debe suspender temporalmente la actividad. No hacerlo puede acarrear sanciones.

¿Qué sectores están más expuestos?

Las medidas se aplican a cualquier tipo de empresa, pero se intensifican en los trabajos al aire libre, especialmente en construcción y obras públicas, agricultura y ganadería, jardinería y mantenimiento de parques, limpieza viaria y recogida de residuos y servicios de reparto y logística. También es necesario tomar precauciones en almacenes, cocinas industriales, fábricas o talleres sin ventilación suficiente, donde el calor ambiental puede llegar a niveles peligrosos.

¿Qué sanciones puede haber por incumplimiento?

El incumplimiento de estas medidas puede conllevar importantes consecuencias legales y económicas. Según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), no proteger adecuadamente a los trabajadores ante riesgos por calor puede constituir una infracción grave o muy grave. Las multas pueden oscilar entre los 2.451 y los 49.180 euros en el caso de las infracciones graves y entre los 49.181 y los 983.736 euros para las infracciones muy graves, especialmente si hay daños a la salud.

Además, si se produce un accidente laboral derivado del calor y no se han tomado las medidas adecuadas, la empresa puede ser responsable civil, penal o administrativamente, con posibles recargos en las prestaciones de la Seguridad Social por falta de medidas de seguridad.

¿Cómo prepararte ante una ola de calor?

Estas son algunas acciones recomendables para cumplir con tus obligaciones:

  • Consultar diariamente los avisos de la AEMET sobre alertas meteorológicas
  • Planificar turnos en función de las temperaturas previstas
  • Establecer protocolos internos para prevenir y actuar ante emergencias por calor
  • Documentar todas las medidas en la evaluación de riesgos y plan de prevención
  • Comunicar por escrito a los trabajadores los cambios o medidas adoptadas

  

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