El Gobierno ha prorrogado los ERTE, que terminaban este 31 de enero, hasta el 31 de mayo. Se prorrogan todos los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo basados en causas relacionadas con la Covid-19, y las exoneraciones se extienden a nuevos sectores con una tasa de recuperación de actividad reducida: campings y aparcamiento de caravanas, alquiler de medios de navegación y actividades de mantenimiento físico.

Las empresas que se vean afectadas por restricciones que impidan o limiten su actividad podrán solicitar a la autoridad laboral un ERTE por limitaciones o por impedimento, como hasta ahora.

Se mantiene también la simplificación de trámites para los ERTE por causas Económicas, Técnicas, Organizativas y de Producción (ETOP), que se podrán prorrogar presentando ante la autoridad laboral un acuerdo con la representación unitaria o sindical.

 

 

Cómo pasar de ERTE por impedimento a ERTE por limitaciones, y viceversa

 

Las empresas en ERTE por impedimento o por limitaciones no tendrán que solicitar y tramitar un nuevo expediente ante la autoridad laboral para pasar de uno a otro.

Bastará con que remitan una comunicación en tal sentido a la autoridad laboral que haya dictado la resolución correspondiente al ERTE del que es titular, y a la representación de las personas trabajadoras, para acceder a los beneficios. Tampoco será necesario que remitan una nueva solicitud colectiva de prestaciones al SEPE, por lo que se simplifican los trámites.

 

 

Mantenimiento del empleo

 

Se mantiene el compromiso de mantenimiento del empleo, lo que implica que las empresas que accedan a las nuevas exoneraciones estarán obligadas a un nuevo periodo de seis meses de mantenimiento, que se sumaría al compromiso de mantenimiento adquirido previamente.

Se mantienen, además, los límites a la realización de horas extraordinarias y a las externalizaciones de la actividad, la prohibición del despido, la interrupción de los contratos temporales, los límites al reparto de dividendos y la transparencia fiscal.

 

 

Exoneraciones aplicables

 

Las tipologías de ERTE con exoneraciones hasta el 31 de mayo incluyen:

 

  • ERTE por impedimento. Las empresas en ERTE por impedimento tendrán una exoneración en sus cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo de cierre y hasta el 31 de mayo de 2021, que será del 100% de la aportación empresarial durante el periodo de cierre y hasta el 31 de mayo si tienen menos de 50 trabajadores, y del 90% si tienen 50 trabajadores o más.

 

  • ERTE por limitaciones. Las empresas en ERTE por limitaciones tendrán exoneraciones decrecientes hasta el 31 de mayo: estas empezarán por el 100% en febrero para empresas de menos de 50 trabajadores y del 90% para aquellas de 50 trabajadores o más.

 

  • Sectores ultraprotegidos. Se mantienen las exoneraciones a los sectores hasta ahora considerados ultraprotegidos, a excepción de los de ‘Fabricación de alfombras’ (1393), ‘Estirado en frío’ (2431) y ‘Fabricación de instrumentos musicales’ (3220); mientras que entran el la lista tres nuevos sectores: ‘Campings y aparcamiento de caravanas’ (5530), ‘Alquiler de medios de navegación’ (7734) y ‘Actividad de mantenimiento físico (9604). Estos sectores tendrán unas exoneraciones del 85% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las de 50 trabajadores o más. Las exoneraciones serán las mismas tanto para los trabajadores suspendidos como para los que se reincorporen a sus puestos de trabajo.

 

Esta es la lista completa de sectores ultraprotegidos con exoneraciones:

 

 

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