En muchas ocasiones las empresas y autónomos están obligados a contratar un seguro, que varía según el tipo de actividad que se desarrolla y el convenio. Van desde la responsabilidad civil que tienen que asegurarse algunos tipos de profesionales hasta algunos específicos y obligatorios, por ejemplo, en el ámbito de la construcción. Os contamos cuáles son los más comunes, y os recordamos que en Afonso Asesores contamos con un servicio de asesoramiento en seguros en el que también podemos resolveros todas las dudas.

 

Seguro de Responsabilidad Civil

El tipo de póliza que más frecuentemente se exige a empresas y autónomos para que puedan desarrollar su actividad es el seguro de responsabilidad civil, que cubre la reclamación al negocio por la vía civil de los daños ocasionados como consecuencia de la actividad profesional.

Entro los tipos de actividad para las que se exige un seguro de responsabilidad civil se encuentran las que tienen relación con el ámbito sanitario (como médicos o dentistas), otros profesionales que están también obligados a estar colegiados (como arquitectos o abogados) y otras actividades como las de las agencias de viajes, los operadores de drones o las empresas de seguridad; pero la obligatoriedad en cada sector de actividad la establecen las comunidades autónomas.

También aquellos autónomos que ejercen su actividad en un local abierto al público tienen la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil para obtener del Ayuntamiento la licencia de apertura.

 

Seguro Multirriesgo

Aunque no es obligatorio, en el caso de que la actividad se realice en un local, nave u oficina, es recomendable contar con un seguro multirriesgo, que puede contener también en la póliza un seguro de responsabilidad civil. El seguro multirriesgo puede cubrir tanto el continente como el contenido del negocio, o bien ambos, y permite contar con una cobertura para no tener que afrontar con el patrimonio personal las posibles pérdidas originadas por una avería o accidente.

 

Seguros obligatorios en la construcción

Los promotores inmobiliarios están obligados a contratar un seguro decenal de daños en la edificación, que cubre los daños en viviendas o edificios que se originen o que afecten a la cimentación o la estructura del inmueble durante los 10 primeros años desde su construcción.

Además, los promotores tienen también la obligación de contar con un seguro de afianzamiento de cantidades, que cubre la posible devolución del dinero aportado a los compradores en caso de que la obra no llegue a terminarse o se retrase.

 

Seguros de Accidente de Convenio

El convenio laboral puede obligar también a la empresa a contratar un seguro de accidente para sus trabajadores, por unas cantidades determinadas, como ocurre en campos como el de la construcción o el de las empresas de seguridad.

 

Seguros de Caución

En otros casos se exige a las empresas un aval que sirva como garantía financiera para asegurar que puede ofrecer el servicio contratado por sus clientes sin riesgos, para lo que puede utilizarse también un Seguro de Caución. Es el caso de las empresas de trabajo temporal, las inmobiliarias, las empresas de seguridad o las agencias de viajes, entre otros sectores.

 

Seguros para vehículos comerciales

Cuando un vehículo se utiliza para realizar una actividad comercial (como puede ser un vehículo de empresa o del sector del transporte) es obligatorio disponer de una póliza específica en la que se indique el tipo de uso, ya que el riesgo de accidente es mayor que en el caso de los vehículos particulares, especialmente en algunos sectores.

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