MAN, IVECO, DAIMLER; DAF y VOLVO/RENAULT son las marcas de camiones afectadas por la sanción de la UE a sus fabricantes por pactar los precios de sus vehículos de entre 6 y 16 toneladas, o de más de 16 toneladas, realizando prácticas en contra de la competencia durante 14 años. Unas prácticas que se han extendido desde el 17 de enero de 1997 hasta el 18 de enero de 2011. Salvo en el caso de la firma MAN que llegó hasta el 20 de septiembre de 2010.

Indemnización para los propietarios de camiones afectados

Teniendo en cuenta esta sanción de la Unión Europea, desde Afonso Asesores, asesoría de empresas de Madrid, nos hacemos eco de la siguiente advertencia para los autónomos que ligan su actividad económica al transporte en camiones de alguna de estas marcas. Y es que, todos aquellos que adquirieron un camión nuevo de las mismas, mediante compraventa o leasing, podrán reclamar una indemnización por daños y perjuicios a dichos fabricantes, por los sobreprecios abonados.

¿Quién puede solicitar la indemnización?

Esta posibilidad no solo está a disposición de todos los que operan en el sector del transporte, sino a todos los empresarios o profesionales que adquiriesen uno de estos vehículos en las fechas indicadas. Además, se recoge que no es imprescindible que el vehículo siga siendo titularidad del reclamante.

La decisión adoptada quedó publicada el pasado mes de abril en el Diario Oficial de la Unión Europea. De esta manera, se establece que el plazo para reclamar este daño se ha fijado hasta el 6 de abril de 2018.

Los tribunales ordinarios de España deben ser los destinatarios de las reclamaciones interpuestas por los afectados.

 

Traducir