No tener dado de alta a un trabajador en la Seguridad Social no solo es un importante perjuicio para tu empleado, sino que además supone un delito y una infracción laboral grave. La sanción por no dar de alta a un trabajador puede ser una multa de varios miles de euros, y si hablamos de un alto porcentaje de nuestros empleados puede suponer incluso penas de cárcel.

Ya sea por desconocimiento o por una cuestión económica, tener empleado a un trabajador sin que esté dado de alta en la Seguridad Social es un delito recogido en el artículo 311 del Código Penal. También el Real Decreto Legislativo 5/2000 señala que «son infracciones laborales las acciones u omisiones de los empresarios contrarias a las normas legales, reglamentarias y cláusulas normativas de los convenios colectivos en materia de relaciones laborales, tanto individuales como colectivas».

Si el empleado no está dado de alta en la Seguridad Social, no está cotizando por las horas que trabaja, algo que no solo afectará a su pensión de jubilación y su prestación por desempleo, sino que además conlleva que no está cubierto ante contingencias como una enfermedad o un accidente laboral.

En esta situación, una inspección de trabajo podría constatar la situación irregular del trabajador. El inspector de trabajo levantaría acta de la infracción, y no sería suficiente con regularizar en ese momento el estado laboral del empleado, ya que las altas en la Seguridad Social no son retroactivas y no evitan la infracción que hemos cometido. Además, en estos casos resulta muy improbable que nuestras alegaciones sean aceptadas.

Cuando se demuestra la irregularidad de su situación laboral, la Seguridad Social procede a darle de alta de oficio, e independientemente de las condiciones laborales que tuviera su contrato o que hubiera pactado con su empleador, pasa a estar dado de alta con contrato indefinido y jornada completa.

La infracción muy grave que supone no dar de alta a un trabajador puede conllevar una multa de entre 3.100 y 10.000 euros. Además, el empleador tendrá que pagar a la Seguridad Social las cuotas que no fueron abonadas en el tiempo en el que el empleado estuvo trabajando para el negocio sin estar dado de alta.

Por si fuera poco, otra consecuencia de ser sancionado por no haber dado de alta a un trabajador es que perderemos el derecho a acceder a cualquier tipo de bonificación en los dos años siguientes y a todo tipo de ayudas públicas.

Hasta ahora hemos hablado de un solo trabajador, pero los inspectores de Trabajo en ocasiones se encuentran con que esta irregularidad afecta a una elevada proporción de trabajadores de la plantilla en cuestión. En algunos de esos casos, la consecuencia puede ser una pena de prisión de seis meses a seis años y una multa de seis a doce meses.

Esto es lo que ocurriría si hablamos de al menos el 25% de los empleados en las empresas con más de 100 trabajadores; el 50% en las empresas o centros de trabajo con entre 10 y 100 trabajadores, o la totalidad de los empleados en las empresas de entre 5 y 10 trabajadores.

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