Hasta el próximo 3 de mayo pueden solicitarse las ayudas para la digitalización y la sostenibilidad del comercio de la Comunidad de Madrid, que incluyen la subvención de medidas de ahorro energético o la creación de sitios web y mejora de su posicionamiento, entre otras. El importe de las ayudas puede llegar hasta el 90% de la inversión, hasta un máximo de 200.000 euros.

Entre las acciones subvencionables se encuentran la sustitución de sistemas de climatización e iluminación, la mejora de los procesos de gestión y valorización de residuos o la instalación de puertas o cierres automáticos, entre otras.

Además, podrán financiarse también con cargo a este programa la mejora del posicionamiento online, optimización de los procesos logísticos, creación de páginas de venta por internet, incorporación a marketplaces, digitalización del comercio ambulante o la adquisición de mobiliario y/o equipamiento tecnológico necesario para el ejercicio de su actividad.

También se incluyen aquellas actuaciones que impliquen soluciones de ciberseguridad, implantación de redes wifi en zonas comerciales, desarrollo de apps para móvil que promocionen productos o servicios o aplicación de tecnología big data para mejorar el conocimiento y la prestación de servicios a los clientes.

Cuantía de las ayudas

Las ayudas consistirán en subvenciones del 90% del presupuesto aprobado y aceptado por la Dirección General de Comercio y Consumo, excluido todo tipo de impuestos. El límite de la ayuda es de un máximo de 200.000 euros por beneficiario, y el presupuesto mínimo de las inversiones es de 15.000 euros.

En el caso de proyectos que, en el momento de presentación de la solicitud no hayan sido ejecutados, podrá solicitarse el pago anticipado de la ayuda, haciéndolo constar expresamente en la solicitud en el apartado habilitado al efecto.

Las actividades objeto de la subvención deberán realizarse entre el 1 de enero y el 16 de octubre de este año, debiendo estar todos los proyectos cerrados y justificados antes del 31 de diciembre, a fin de cumplir con los plazos y requisitos que marca la Unión Europea, entidad que financia esta iniciativa.

La justificación de la ayuda puede hacerse desde la notificación de la Orden de concesión, hasta el día que se indique en dicha Orden de concesión. Los bienes e inversiones subvencionadas deben mantenerse durante un plazo de 5 años desde que se concedió la subvención o durante su vida útil.

Cómo solicitar las ayudas

Las subvenciones deberán solicitarse de forma telemática a través de la web de la Comunidad de Madridhasta el próximo 3 de mayo.

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