Desde el viernes, 9 de marzo, se allana el camino hacia la contratación pública para las pequeñas y medianas empresas. Y si también las pymes van a poder acceder a los contratos públicos de las administraciones con más facilidad es porque entran en vigor las nuevas medidas de la Ley de Contratos del Sector Público aprobadas el pasado mes de octubre. Unas medidas que velan por la transparencia y la mejora de las condiciones competitivas de las pymes frente a las grandes empresas y de las que hablamos en un artículo anterior publicado en la web de Afonso Asesores, asesoría de empresas de Madrid.

La única medida que tendrá que esperar en su aplicación hasta el mes de septiembre es la que se refiere a la obligación de inscribirse en un registro de licitadores para optar al procedimiento simplificado.

Con el fin de mejorar la competencia y la transparencia en la concesión de los contratos públicos, estas son las nuevas medidas que contempla la Ley de Contratos del Sector Público por la cual las pymes van a tener más facilidad para ser candidatas a desarrollar servicios o suministrar productos para las diferentes administraciones:

  • Se facilita el camino a la contratación pública de las pymes gracias a que se eliminan las trabas que lo dificultaban.
  • Los contratos que puedan ser fraccionados, se fraccionarán de manera que se podrán licitar por bloques.
  • Las empresas de nueva creación no tendrán que acreditar trabajos anteriores.
  • Se pasa de 10 a 5 años la experiencia que se exige para demostrar solvencia económica cuando los contratos a los que aspiramos son de obras y de 5 a 3 años, cuando se trata de suministros y servicios.
  • Para echarle el freno a la morosidad y el retraso en los pagos que sufren, especialmente, las pymes frente a las grandes empresas, sobre todo cuando se trata del sector de la construcción, se elimina la cláusula de pacto. Las grandes empresas no podrán pactar plazos de pago distintos a los marcados por ley.
  • La Administración podrá realizar el pago a proveedores.
  • Las empresas concesionarias tendrán que asumir el riesgo económico de la construcción y explotación de las obras o servicios.
  • Los modificados de obra no podrán ser superiores al 20% del importe contratado y deberán hacerse públicos.
  • Las actas de la mesa de contratación, las resoluciones y las decisiones también tendrán que hacerse públicas.
  • Durante 5 años la información de estos contratos deberá estar accesible. De este modo se pretende satisfacer la demandada transparencia.
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